La asociación de victimas del golpe de estado, de la represión y del régimen franquista Ahaztuak 1936-1977 denunciamos ayer en rueda de prensa lo que en estos momentos esta sucediendo con una parte de las victimas del régimen franquista, en este caso con las personas asesinadas en Euskal Herria por ese régimen entre los años 1968 y 1977 y que vienen siendo denominadas como “victimas del tardofranquismo”. En la CAV y Navarra son 86 las victimas mortales del citado periodo.
En la rueda de prensa estuvieron presentes junto a miembros de Ahaztuak 1936-1977 la viuda de Josu Murueta, muerto por disparos policiales a finales de Octubre de 1969 al disparar la policia franquista contra una manifestación que protestaba por la contaminación atmosférica en Erandio, el padre de Roberto Pérez Jauregi, muerto el 4 de diciembre de 1970 en Eibar a consecuencia de los disparos efectuados por la Policía española contra una manifestación de protesta por el Proceso de Burgos y la madre de Jon Paredes Manot “Txiki”, fusilado el 27 de Septiembre de 1975. Por diferentes razones no pudieron estar presentes los allegados de Félix Arnaiz -muerto en Getxo por disparos policiales el 3 de agosto de 1969-, de Vicente Antón Ferrero –muerto por disparos de la Guardia Civil en Basauri el 3 de Agosto de 1976-, de Blanca Salegi e Iñaki Garai –muertos en Gernika el 15 de Mayo de 1975 tambien por disparos de la GC- ni de Angel Otaegi, fusilado el 27 de Septiembre de 1975 junto a “Txiki” y otros tres luchadores antifascistas del FRAP. Todas estas personas, presentes o ausentes en la rueda de prensa, tienen en común haber solicitado a las instancias que rigen la aplicación de la Ley de Memoria Histórica la consideración de victimas del franquismo para sus familiares muertos por las balas de los diferentes cuerpos policiales del régimen franquista.
ANTECEDENTES
En Noviembre del pasado año 2009 los familiares de nueve de estas victimas presentaron apoyados por Ahaztuak la solicitud para ser reconocidas como victimas del franquismo al amparo del artículo 10 y de la disposición adicional cuarta de la Ley 52/2007, la conocida como “Ley de Memoria Histórica”. Una Comisión de Evaluación integrada en dicha Ley sería la encargada a partir de aquel momento de dar cauce y decidir sobre dichas solicitudes, para lo que se marcaba un plazo de seis meses.
En aquel momento desde Ahaztuak 1936-1977 ya hicimos una denuncia pública acerca de la falta de consideración y de respeto demostrada para con que estas victimas tanto por las consideraciones restrictivas recogidas en dicha Ley y en dicha disposición adicional como por las instituciones y estamentos encargados de aplicarla. En cuanto a lo restrictivo según la normativa quedaban fuera de la consideración de victimas del franquismo todas aquellas personas que hubieran formado parte de organizaciones político-militares que hubiesen desarrollado el enfrentamiento armado contra el régimen dictatorial y tambien otras muchas que no respondiesen a unos criterios concretos de lugar y circunstancias del fallecimiento, de su aportación a la economía familiar... De la falta de consideración y respeto hacia ellas dice bastante el hecho de que ninguna familia de esas victimas habia recibido notificación alguna desde ninguna institución acerca de la posibilidad de acogerse a dicha Ley, enterándose de ello de forma totalmente casual a traves de nuestra asociación y a escasos dias de la finalizicación del plazo de presentación de documentación, hecho por el cual solamente nueve de esas familias pudieron hacer la solicitud.
EXPRESIÓN DE LA IMPUNIDAD DE LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO Y DE LA FALTA DE RESPETO HACIA SUS VICTIMAS
Ahora, a escasos quince dias de la finalización del plazo dado desde la Comisión de Evaluación para responder a las demandas presentadas, las personas que presentaron dicha solicitud en referencia a sus familiares fallecidos han comenzado a recibir la respuesta de dicha Comisión de Evaluación a su petición, denegando esta la condición de victimas del franquismo a seis de ellas, aceptándosela a una –Vicente Antón Ferrero- y quedando al dia de hoy pendientes de respuesta otras dos familias, la de Josu Murueta y la de Roberto Pérez Jauregi.
Ante ello desde Ahaztuak 1936-1977 no podemos sino decir y denunciar públicamente que este hecho constituye otra demostración clara y evidente de la existencia y funcionamiento del modelo español de impunidad para con los crímenes del régimen franquista y tambien de la falta de consideración y de respeto para con sus victimas, a lo que hay que añadir en este caso un cinismo vergonzante ya que es en un momento como el actual -cuando esta abierta social y políticamente la reflexión sobre la impunidad del franquismo y sobre la negación de los derechos a la verdad, a la reparación y a la justicia para sus victimas durante más de setenta años, treinta y cinco de ellos en democracia- cuando desde ámbitos estatales cuya misión es la aplicación de la “Ley de Memoria Histórica” –ley promulgada se dice para hacer justicia a las victimas del franquismo- cuando se intenta arrebatar a varias de esas victimas dicha condición.
Sin entrar a analizar pormenorizadamente cada resolución negativa elaborada desde dicha Comisión de Evaluación creemos que hay dos resoluciones dictadas por la misma que subrayan de forma gráfica lo dicho anteriormente: las que pretenden denegar su condición de victimas del franquismo a Antón Fernández -muerto por disparos policiales en Erandio durante una protesta vecinal en Octubre de 1969- y a Jon Paredes “Txiki”, uno de los cinco ultimos fusilados por el régimen franquista el 27 de Septiembre de 1975.
En el caso del primero la resolución dictada dice que se le deniega dicha condición de victima del franquismo “puesto que el Sr. Fernández Elorriaga no estaba participando en la manifestación vecinal que tuvo lugar el día 29 de Octubre de 1969 cuando resultó herido, sino que se encontraba observando los sucesos desde el balcón de su casa como mero espectador”. En el caso de Jon Paredes “Txiki” dicha condición le es negada porque su muerte “no guarda relación con una circunstancia de reivindicación y defensa de las libertades y derechos democráticos, sino con la ejecución de una pena capital impuesta al causante porque en el procedimiento sumarísimo se le condenó por un delito de terrorismo”. Estas argumentaciones son a todo punto de una evidente y dolosa gravedad al igual que la resolución que de ellas dimana toda vez que sustenta y prolonga la continuidad de la impunidad y del desconocimiento de su condición de victimas y de sus derechos: Antón Fernández nunca tuvo ningún reconocimiento bajo el franquismo por estar contra el régimen pero tampoco lo tendrá bajo la democracia por no estar suficientemente contra el régimen y “Txiki” no lo tendrá porque enfrentó con las armas a un régimen fascista impuesto y mantenido durante cuarenta años por las mismas. Ese régimen lo consideró “terrorista” y lo fusiló al igual que hizo con miles antes que él; esta democracia lo considera “terrorista” y no sólo le niega su condición de luchador antifascista sino tambien la de victima del franquismo a pesar de ser uno de los ultimos fusilados por ese régimen.
Y todo ello en el mismo momento en que desde partidos políticos, instituciones, magistrados, intelectuales, organismos de derechos humanos, medios de comunicación... se cuestiona al menos formalmente el modelo de impunidad del que gozan aún tanto el régimen fránquista como los crímenes por él cometidos y se pontifica sobre la necesidad de ofrecer verdad, reparación y justicia para todas sus victimas.
VERDAD, REPARACIÓN, JUSTICIA PARA TODAS LAS VICTIMAS DEL FRANQUISMO
Desde Ahaztuak 1936-1977 creemos que es en estos momentos en que el debate sobre el régimen franquista, su carácter fascista y la impunidad que rige desde hace más de setenta años para con sus crímenes cuando es mas necesario que nunca hacer esta reflexión ante la sociedad vasca y denunciar la pervivencia cotidiana, en hechos como este, en determinaciones jurídicas e institucionales como estas, del modelo de impunidad para los crímenes del franquismo y del desconocimiento para con los derechos de todas sus victimas. Cuando decimos esto nos referimos tanto aquellas personas muertas participando en manifestaciones como por consecuencia de la represión de las mismas, o las muertas en controles policiales, o militantes de organizaciones políticas o sindicales y militantes de organizaciones que desarrollaban la lucha armada...: todos ellos, independientemente de las circunstancias de su muerte o de la forma de lucha que desarrollaban, fueron victimas reales y objetivas de aquel régimen a las que nunca se les ha presentado la posibilidad de ser reconocidas.
Desde estas consideraciones, las únicas que atienden a esos elementos de verdad, reparación y justicia para las victimas del franquismo y las únicas que enfrentan realmente el modelo de impunidad vigente hasta ahora es desde donde pedimos que se pongan en marcha medidas concretas que necesariamente han de pasar por la eliminación de las restricciones impuestas para ser consideradas victimas del franquismo tanto a las propias victimas como a sus familiares, la ampliación de consideraciones personales y familiares a tal efecto y tambien por la apertura de un nuevo plazo de presentación de documentación donde aquellos familiares de las 86 victimas de ese periodo del tardofranquismo habiadas en la CAV y Navarra puedan hacerlo, siendo para ello notificadas correcta y puntualmente desde el ámbito que corresponda.
Desde nuestra asociación ya hemos puesto en marcha una dinámica legal para recurrir a las decisiones negatorias de la Comisión de Evalución, pero creemos asimismo necesario poner en marcha otras medidas de denuncia, interpelación y presión popular que refuerzen la exigencia del fin del modelo español de impunidad para con todas las victimas del franquismo y no solamente las que algunos quieran aplicar en base a consideraciones de tipo diferente a los estrictos parámetros de verdad, justicia y reparación que las victimas del franquismo planteamos.
AHAZTUAK 1936-1977
En la rueda de prensa estuvieron presentes junto a miembros de Ahaztuak 1936-1977 la viuda de Josu Murueta, muerto por disparos policiales a finales de Octubre de 1969 al disparar la policia franquista contra una manifestación que protestaba por la contaminación atmosférica en Erandio, el padre de Roberto Pérez Jauregi, muerto el 4 de diciembre de 1970 en Eibar a consecuencia de los disparos efectuados por la Policía española contra una manifestación de protesta por el Proceso de Burgos y la madre de Jon Paredes Manot “Txiki”, fusilado el 27 de Septiembre de 1975. Por diferentes razones no pudieron estar presentes los allegados de Félix Arnaiz -muerto en Getxo por disparos policiales el 3 de agosto de 1969-, de Vicente Antón Ferrero –muerto por disparos de la Guardia Civil en Basauri el 3 de Agosto de 1976-, de Blanca Salegi e Iñaki Garai –muertos en Gernika el 15 de Mayo de 1975 tambien por disparos de la GC- ni de Angel Otaegi, fusilado el 27 de Septiembre de 1975 junto a “Txiki” y otros tres luchadores antifascistas del FRAP. Todas estas personas, presentes o ausentes en la rueda de prensa, tienen en común haber solicitado a las instancias que rigen la aplicación de la Ley de Memoria Histórica la consideración de victimas del franquismo para sus familiares muertos por las balas de los diferentes cuerpos policiales del régimen franquista.
ANTECEDENTES
En Noviembre del pasado año 2009 los familiares de nueve de estas victimas presentaron apoyados por Ahaztuak la solicitud para ser reconocidas como victimas del franquismo al amparo del artículo 10 y de la disposición adicional cuarta de la Ley 52/2007, la conocida como “Ley de Memoria Histórica”. Una Comisión de Evaluación integrada en dicha Ley sería la encargada a partir de aquel momento de dar cauce y decidir sobre dichas solicitudes, para lo que se marcaba un plazo de seis meses.
En aquel momento desde Ahaztuak 1936-1977 ya hicimos una denuncia pública acerca de la falta de consideración y de respeto demostrada para con que estas victimas tanto por las consideraciones restrictivas recogidas en dicha Ley y en dicha disposición adicional como por las instituciones y estamentos encargados de aplicarla. En cuanto a lo restrictivo según la normativa quedaban fuera de la consideración de victimas del franquismo todas aquellas personas que hubieran formado parte de organizaciones político-militares que hubiesen desarrollado el enfrentamiento armado contra el régimen dictatorial y tambien otras muchas que no respondiesen a unos criterios concretos de lugar y circunstancias del fallecimiento, de su aportación a la economía familiar... De la falta de consideración y respeto hacia ellas dice bastante el hecho de que ninguna familia de esas victimas habia recibido notificación alguna desde ninguna institución acerca de la posibilidad de acogerse a dicha Ley, enterándose de ello de forma totalmente casual a traves de nuestra asociación y a escasos dias de la finalizicación del plazo de presentación de documentación, hecho por el cual solamente nueve de esas familias pudieron hacer la solicitud.
EXPRESIÓN DE LA IMPUNIDAD DE LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO Y DE LA FALTA DE RESPETO HACIA SUS VICTIMAS
Ahora, a escasos quince dias de la finalización del plazo dado desde la Comisión de Evaluación para responder a las demandas presentadas, las personas que presentaron dicha solicitud en referencia a sus familiares fallecidos han comenzado a recibir la respuesta de dicha Comisión de Evaluación a su petición, denegando esta la condición de victimas del franquismo a seis de ellas, aceptándosela a una –Vicente Antón Ferrero- y quedando al dia de hoy pendientes de respuesta otras dos familias, la de Josu Murueta y la de Roberto Pérez Jauregi.
Ante ello desde Ahaztuak 1936-1977 no podemos sino decir y denunciar públicamente que este hecho constituye otra demostración clara y evidente de la existencia y funcionamiento del modelo español de impunidad para con los crímenes del régimen franquista y tambien de la falta de consideración y de respeto para con sus victimas, a lo que hay que añadir en este caso un cinismo vergonzante ya que es en un momento como el actual -cuando esta abierta social y políticamente la reflexión sobre la impunidad del franquismo y sobre la negación de los derechos a la verdad, a la reparación y a la justicia para sus victimas durante más de setenta años, treinta y cinco de ellos en democracia- cuando desde ámbitos estatales cuya misión es la aplicación de la “Ley de Memoria Histórica” –ley promulgada se dice para hacer justicia a las victimas del franquismo- cuando se intenta arrebatar a varias de esas victimas dicha condición.
Sin entrar a analizar pormenorizadamente cada resolución negativa elaborada desde dicha Comisión de Evaluación creemos que hay dos resoluciones dictadas por la misma que subrayan de forma gráfica lo dicho anteriormente: las que pretenden denegar su condición de victimas del franquismo a Antón Fernández -muerto por disparos policiales en Erandio durante una protesta vecinal en Octubre de 1969- y a Jon Paredes “Txiki”, uno de los cinco ultimos fusilados por el régimen franquista el 27 de Septiembre de 1975.
En el caso del primero la resolución dictada dice que se le deniega dicha condición de victima del franquismo “puesto que el Sr. Fernández Elorriaga no estaba participando en la manifestación vecinal que tuvo lugar el día 29 de Octubre de 1969 cuando resultó herido, sino que se encontraba observando los sucesos desde el balcón de su casa como mero espectador”. En el caso de Jon Paredes “Txiki” dicha condición le es negada porque su muerte “no guarda relación con una circunstancia de reivindicación y defensa de las libertades y derechos democráticos, sino con la ejecución de una pena capital impuesta al causante porque en el procedimiento sumarísimo se le condenó por un delito de terrorismo”. Estas argumentaciones son a todo punto de una evidente y dolosa gravedad al igual que la resolución que de ellas dimana toda vez que sustenta y prolonga la continuidad de la impunidad y del desconocimiento de su condición de victimas y de sus derechos: Antón Fernández nunca tuvo ningún reconocimiento bajo el franquismo por estar contra el régimen pero tampoco lo tendrá bajo la democracia por no estar suficientemente contra el régimen y “Txiki” no lo tendrá porque enfrentó con las armas a un régimen fascista impuesto y mantenido durante cuarenta años por las mismas. Ese régimen lo consideró “terrorista” y lo fusiló al igual que hizo con miles antes que él; esta democracia lo considera “terrorista” y no sólo le niega su condición de luchador antifascista sino tambien la de victima del franquismo a pesar de ser uno de los ultimos fusilados por ese régimen.
Y todo ello en el mismo momento en que desde partidos políticos, instituciones, magistrados, intelectuales, organismos de derechos humanos, medios de comunicación... se cuestiona al menos formalmente el modelo de impunidad del que gozan aún tanto el régimen fránquista como los crímenes por él cometidos y se pontifica sobre la necesidad de ofrecer verdad, reparación y justicia para todas sus victimas.
VERDAD, REPARACIÓN, JUSTICIA PARA TODAS LAS VICTIMAS DEL FRANQUISMO
Desde Ahaztuak 1936-1977 creemos que es en estos momentos en que el debate sobre el régimen franquista, su carácter fascista y la impunidad que rige desde hace más de setenta años para con sus crímenes cuando es mas necesario que nunca hacer esta reflexión ante la sociedad vasca y denunciar la pervivencia cotidiana, en hechos como este, en determinaciones jurídicas e institucionales como estas, del modelo de impunidad para los crímenes del franquismo y del desconocimiento para con los derechos de todas sus victimas. Cuando decimos esto nos referimos tanto aquellas personas muertas participando en manifestaciones como por consecuencia de la represión de las mismas, o las muertas en controles policiales, o militantes de organizaciones políticas o sindicales y militantes de organizaciones que desarrollaban la lucha armada...: todos ellos, independientemente de las circunstancias de su muerte o de la forma de lucha que desarrollaban, fueron victimas reales y objetivas de aquel régimen a las que nunca se les ha presentado la posibilidad de ser reconocidas.
Desde estas consideraciones, las únicas que atienden a esos elementos de verdad, reparación y justicia para las victimas del franquismo y las únicas que enfrentan realmente el modelo de impunidad vigente hasta ahora es desde donde pedimos que se pongan en marcha medidas concretas que necesariamente han de pasar por la eliminación de las restricciones impuestas para ser consideradas victimas del franquismo tanto a las propias victimas como a sus familiares, la ampliación de consideraciones personales y familiares a tal efecto y tambien por la apertura de un nuevo plazo de presentación de documentación donde aquellos familiares de las 86 victimas de ese periodo del tardofranquismo habiadas en la CAV y Navarra puedan hacerlo, siendo para ello notificadas correcta y puntualmente desde el ámbito que corresponda.
Desde nuestra asociación ya hemos puesto en marcha una dinámica legal para recurrir a las decisiones negatorias de la Comisión de Evalución, pero creemos asimismo necesario poner en marcha otras medidas de denuncia, interpelación y presión popular que refuerzen la exigencia del fin del modelo español de impunidad para con todas las victimas del franquismo y no solamente las que algunos quieran aplicar en base a consideraciones de tipo diferente a los estrictos parámetros de verdad, justicia y reparación que las victimas del franquismo planteamos.
AHAZTUAK 1936-1977