jueves, abril 08, 2010

SU MALA INSTRUCCIÓN PONE A GARZÓN A LOS PIES DEL BANQUILLO Y DE LA SUSPENSIÓN


El juez del Tribunal Supremo Luciano Varela sostiene que Baltasar Garzón trató de controlar la causa contra los crímenes del franquismo y las consiguientes exhumaciones de manera ilegal. Que ilegal fue la forma en la que primero se hizo con el caso, cómo luego lo congeló e ilegal acabó siendo también la forma en que finalmente se deshizo de él cuando ya no podía tenerlo controlado.

Por ello, abre la posibilidad de juicio y le imputa «la adopción de plurales decisiones que por múltiples motivos se califican como opuestas al ordenamiento jurídico, desde la consciencia de dicha antijuricidad y, por ello, eventualmente constitutivas de un delito de prevaricación».

El magistrado del Tribunal Supremo no cree que Garzón actuara por «por imprudencia grave o ignorancia inexcusable», lo que podría atenuar su pena. Sostiene que lo suyo fue consciente y, por lo tanto, propone la aplicación del artículo 446.3 del Código Penal, que contempla que «el juez o magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado: con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años».

El juez ha trasladado su resolución a las partes que tienen ahora diez días para solicitar la apertura de juicio oral. La defensa de Garzón podrá también interponer un recurso contra el auto y es posible que lo haga directamente ante la Sala por entender que es inútil hacerlo ante Luciano Varela. Sin embargo, también la Sala ha desestimado hasta la fecha todos los recursos presentados.

Suspensión

Una vez que parece imparable que Baltasar Garzón tenga que sentarse en el banquillo de los acusados del Tribunal Supremo, el Consejo General del Poder Judicial tomará próximamente la decisión de suspenderlo cautelarmente de sus funciones como juez de instrucción de la Audiencia Nacional. Será en la sesión plenaria prevista para el próximo 22 de abril.

Según establece el artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la suspensión de los jueces y magistrados tendrá lugar, entre otros casos, «cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones».

Se trata de un procedimiento prácticamente automático. Sin embargo, el caso de Baltasar Garzón tiene incluso la peculiaridad de haber superado la división de los miembros del CGPJ entre «progresistas» y «conservadores», ya que una buena parte de los consejeros propuestos por el PSOE y todos los «conservadores» apuestan por la suspensión del juez.

Apoyos

El hecho de que las imputaciones de prevaricación contra Baltasar Garzón provengan por una causa relacionada con los crímenes del franquismo ha provocado diversas reacciones. Por ejemplo, Amnistía Internacional ve «insólito» que un magistrado pueda ser juzgado por buscar «la verdad, la justicia y la reparación» para más de 100.000 desaparecidos durante la Guerra Civil española y la posterior dictadura del general Francisco Franco.

También las asociaciones para la Recuperación de la Memoria Histórica han hecho causa común con el juez. CCOO y UGT han convocado una acto en su apoyo para el próximo martes 13 en el salón de actos de la Facultad de Medicina de Madrid.

(Gara. 8 / 04 / 2010)