jueves, octubre 25, 2007

LEY DE MEMORIA HISTORICA: HECHA LA LEY, HECHA LA TRAMPA. Articulo de Lander García, portavoz de Ahaztuak 1936-1977 en Araba

La exposición de motivos de la que se conoce como “Ley de Memoria Histórica” despeja cualquier duda sobre el contenido de la misma, desde la primera línea se aclara nítidamente cuales son las intenciones de un texto que comienza con la siguiente declaración: “El espíritu de reconciliación y concordia, y de respeto al pluralismo y a la defensa pacífica de todas las ideas, que guió la Transición, nos permitió dotarnos de una Constitución, la de 1978, que tradujo jurídicamente esa voluntad de reencuentro de los españoles, articulando un Estado social y democrático de derecho con clara vocación integradora”. La referencia por lo tanto es la Transición, esto es, la reforma franquista cuyo eje es la “Ley de Amnistía” de 1977, otorgada por un gobierno ilegal que para llegar y mantenerse en el poder vulneraba los derechos humanos sistemáticamente.

Hace 30 años el único indulto fue para los criminales franquistas, porque ¿de qué delito se supone que fueron amnistiados los represaliados por la dictadura? Ahora, tres décadas después de esa ley de punto final nos tratan de vender como un éxito una nueva ley que es ajena a los intereses de las miles de víctimas del franquismo porque insiste en la consagración del modelo español de impunidad. En este sentido destaca el artículo 10 de la “Ley de Memoria” que dice: “en atención a las circunstancias excepcionales que concurrieron en su muerte, se reconoce el derecho a una indemnización económica a los beneficiarios de quienes fallecieron durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos”. Se refiere a los únicos crímenes cuyos responsables directos, al menos la inmensa mayoría, están todavía vivos y muchos siguen en activo. No es casualidad que se separen estas víctimas del resto de asesinados por el franquismo, es muy sospechoso que se marque para un periodo tan concreto y que se limiten a plantear unas ayudas económicas. Si se reconoce que hubo vulneración de derechos y personas asesinadas será porque hubo agresores y asesinos, entonces... ¿dónde está la Justicia?.

Además, muchos casos se quedan fuera de esa arbitrariedad que es poner fecha de caducidad a los derechos y muchos otros, pese a ser asesinados en ese periodo, ni siquiera fallecieron mientras “defendían y reivindicaban las libertades y los derechos democráticos”, simplemente fueron víctimas de la impunidad y del gatillo fácil: muertos en controles, acción de incontrolados, excesos de uniformados en emboscadas, detenciones, comisarías… El responsable era el estado franquista porque los que asesinaban impunemente, eran sus policias, era su guardia civil, con uniforme o sin él. Pero eso lo hacían por miles antes del 1 de enero de 1968 y… ¿después del 6 de octubre de 1977? ¿Por qué reconocer a unos sí y a otros no en función de la hoja que marcaba el calendario el día que se convirtieron en víctimas? Llama la atención que casos muy similares a los que se pueden considerar en esta Ley se quedan fuera por horas, días o por semanas de esa fecha límite que no es otra que la fijada en la "Ley de Punto Final" -llamada "Lay de Amnistia"- de 1977. La misma noche de ese 6 de octubre de 1977 el joven Miquel Grau, militante del Movimiento Comunista del Pais Valencia, sufre una agresión fascista en Alicante mientras pegaba carteles, muere días después pero con ésta ley sólo puede llegar a ser considerado herido “en defensa de las libertades” pero no fallecido y acaba de cumplirse el 30 aniversario del asesinato de este luchador antifascista. Al día siguiente, 7 de octubre de 1977, es asesinado en Hernani el taxista David Salvador Bernardo, el crimen se atribuye a la Triple A. Por si alguien tenía alguna duda ya lo explicó un oficial retirado del Ejército español que se ocultaba con el pseudónimo “Leonidas”, en una entrevista en prensa en el año 2001: “Alianza Apostólica Anticomunista ("Triple A"), BVE (Batallón Vasco Español), Antiterrorismo ETA (ATE), Grupos Armados Españoles (GAE)… Eso sólo son siglas, nombres que van saliendo y que se van utilizando conforme se necesita”.

Somos muchos los que echamos de menos una Comisión de la Verdad, pero sin fechas de caducidad y para todos los crimenes cometidos antes y después de la fecha que fija esta ley. ¿En qué se diferencia la muerte de David Salvador y la de otro taxista asesinado dos años antes? Es el caso de Germán Agirre, taxista con parada en Arrasate que apareció muerto en su coche junto al cuartel de la Guardia Civil de Legutiano el 12 de octubre de 1975, víctima de la extrema derecha según la Oficina de Víctimas del Gobierno Vasco. Según todas las fuentes consultadas fue un asesinato cometido por los mismos “incontrolados” que la semana anterior habían ametrallado en el Alto Kanpazar la vida de Iñaki Etxabe, el taxista los vió y se convirtió en un testigo incómodo que había que eliminar, tenían impunidad y lo hicieron. En el mismo lugar donde apareció muerto German Agirre, unas semanas más tarde, la Guardia Civil mató a tiros al vecino de Dima Angel Esparza, la prensa franquista contaba que “se vieron obligados a disparar sobre él porque no hizo caso a la voz reglamentaria de alto” (El Correo 25-11-75). También murió en un control el vecino de Sestao Gonzalo Pequeño, ametrallado a la altura de Lutxana el mismo día que en Galdakao Juan Antonio Igarza recibía una bala en el cuello disparada por la Guardia Civil. Estos dos casos ocurrieron el 14 de octubre de 1977, son víctimas fuera del plazo de la ley, aunque nadie puede asegurar que los muertos en controles policiales vayan a ser reconocidos alguna vez por el estado, ni los de antes de 1977 ni los posteriores. Sin embargo, los fallecidos por la represión en manifestaciones tienen más oportunidades de ser considerados económicamente. Por ejemplo el 11 de septiembre de 1977, en Barcelona durante la Diada, muere Carlos Gustavo Frecher Solana, de 28 años, con la cabeza destrozada por una bala de goma de la policía. Entra en el periodo establecido por la ley con tres semanas de margen, pero un caso similar ocurrido un par de meses después se queda fuera: el 4 de diciembre del mismo año, durante la celebración en Málaga de una manifestación a favor de la autonomía andaluza, muere por disparos de la policía Manuel José García Caparrós, de 18 años.


Sólo son algunos ejemplos porque son tantos y es tanta la impunidad… Me viene a la memoria una pregunta sobre Ahaztuak 1936-1977 que me hizo un amigo. Me preguntó "¿por qué os llamais 1936-1977, por qué acotar con fechas si no hubo ruptura democrática? Y cuando le respondí que 1936-1977 no indica un margen de tiempo con inicio y final, sino que representan las dos fechas más significativas de la represión franquista (1936 por el golpe de estado y 1977 por la Ley de Punto Final)", él se volcó de lleno en esta lucha por la Memoria, y exclamó “¡Hasta cuando vamos a estar sin Justicia!”.

Seguro que nos vemos este lunes, 29 de Octubre, a las 19:00 en el monolito de las víctimas del 3 de Marzo de Gasteiz, en la concentración que vamos a realizar bajo el lema: “HECHA LA LEY: HECHA LA TRAMPA. NOIZ ARTE JUSTIZIARIK GABE?”.