lunes, junio 11, 2007

POR LA LIBERTAD DE INVESTIGACION Y EXPRESION. SOLIDARIDAD CON DIONISIO PEREIRA

Dionisio Pereira es un historiador de Cerdedo (Pontevedra). El año pasado publicó un libro en el que relataba algunos casos de la represión franquista en esa localidad. En uno de los párrafos aludía a varios individuos ya fallecidos del municipio y decía que eran personas señaladas por su presunta participación en diversas manifestaciones de represión. La familia de uno de los citados ha presentado una demanda en el Juzgado de Cerdedo, pero el historiador no ha accedido a retirar lo que considera que es una evidencia corroborada por numerosos testimonios orales. No es la primera vez que en el Estado español ocurre algo parecido. El caso más señalado fue el de Fernando Ruiz Vergara, autor del documental Rocío, de finales de los años 70, en el que se relacionaba a una persona con algunos asesinatos franquistas durante la guerra civil en Almonte (Huelva). La película fue censurada, el autor condenado a dos años y medio de prisión y a pagar a la familia del aludido diez millones de pesetas de entonces.En Europa los problemas de los historiadores son de otra índole. El revisionista David Irving fue condenado el año pasado en Austria a tres años de prisión por negar el holocausto judío. Hay quien dice que la diferencia es que en Europa los partidarios del fascismo perdieron la guerra, y en el Estado español la ganaron.

En cualquier cao desde "Ahaztuak 1936-1977" nos solidarizamos con Dionisio Pereira y nos adherimos a la defensa de la libertad de expresión e investigación que en este caso se concreta en arropar y defender a este gallego.

Adjuntamos una carta de Dionisio Pereira y un modelo de hoja para la recogida de adhesiones y su envio.

A todos/as os/as historiadores/as e investigadores/as.

Compañeiras, compañeiros: Como sabedes, hai poucos días foi admitida a trámite polo Xulgado de 1ª Instancia de A Estrada unha demanda contra min por parte da familia de Manuel Gutiérrez Torres, "camisa vella", antigo xefe local de Falanxe e ex alcalde de Cerdedo ate os anos 60. Non abundarei na cuestión, porque vos supoño coñecedores/as (ver a páxina web www.sinhorafranio.com ) dos detalles do asunto; tan só informarvos que a miña avogada considerou interesante a publicación na prensa dun manifesto a prol da liberdade de creación científica, na que se insire o labor do/a historiador/a, apoiado polo maior número de persoas adicadas a este tipo de traballos. O devandito manifesto, apoiado polas sinaturas, podería ser presentado no xulgado no momento procesal máis indicado, de acordo coa evolución do xuízo ou dun posible recurso. En consecuencia, envíovos o devandito manifesto (redactado por colegas solidarios) no arquivo adxunto e solicito a voso apoio. A efectos de posible presentación no Xulgado, sería preciso o voso DNI, así como o lugar de residencia e a profesión. As sinaturas recolleríanse neste correo dpereirag@terra.es ou no de Xoán Carlos Garrido, xcgarrido@yahoo.es .Obrigado a todos e todas de antemán. Saúde.
Dionísio Pereira


EN SOLIDARIDAD CON DIONISO PEREIRA, ENDE FENSA DE LA LIBERTAD DE INVESTIGACION Y EXPRESION
Los/las abajo firmantes, historiadores/as e investigadores/as, ante la denuncia presentada contra Dionisio Pereira por el contenido de su intervención en el Congreso de la Memoria celebrado en Narón, en diciembre de 2003, y publicada en las Actas en el año 2004; por las alusiones que en esta ponencia hace a “personas señaladas en los asesinatos y maltratos o como instigadores de los mismos” a una serie de nombres de cargos de la Falange, todos ellos fallecidos, que el historiador recogió de sus múltiples testimonios orales, y cuyos familiares ahora le acusan de atentar contra su honor; quieren manifestar lo siguiente:

1. No es objeto central de su trabajo atacar ninguna honra. El contexto del Congreso en el que se encuadró la ponencia o el Libro de Actas en el que se publicó, no es equiparable a otros escenarios de divulgación pública a los que se aplica esta figura jurídica; además, el hecho de la distancia en el tiempo de las personalidades citadas no tiene la misma fuerza que las generaciones vivas para contraponer el derecho al honor frente a la libertad de expresión, y mucho menos al derecho a la creación científica en la que se enmarca la tarea del/de la historiador/a.

2. El conjunto de datos que se aportan en este caso y la trayectoria investigadora del historiador, acreditan un respaldo suficiente a su derecho a formular hipótesis discutibles en un contexto polémico, en base a información de la que dispone. Exigir certezas incuestionables a los historiadores, sería tanto como impedir el desarrollo de esta materia fundamental para la formación de la conciencia cívica de cualquier sociedad.

3. Es una grave distorsión aplicar al objeto investigado las categorías de situaciones presentes. Es evidente que la represión informal llevada a cabo a la sazón, por definición y salvo raras excepciones, carece de pruebas documentales que la acrediten y, en la medida en que el aparato policial y judicial quedó en el poder de quien la llevó a la práctica, nunca se procedió a investigar dichos crímenes. Hay que recordar que la franquista, como toda Dictadura, tuvo como base la impunidad. Lo dicho no debe impedir al historiador afirmar que dichas muertes se produjeron y apuntar que se puede establecer cómo hipótesis factible y verosímil algún tipo de relación entre ellas y los principales integrantes de las organizaciones que llevaron a cabo estas actuaciones, nominalmente de la Falange (en calidad de autores o instigadores), atendiendo a los testimonios orales recogidos y a la documentación escrita encontrada. Hay que matizar, asimismo, que no se hace ninguna aserción concreta sobre una actuación determinada de los mencionados: esto es, no se asevera sobre la adscripción específica de los aludidos con ninguno de los tres grados de intervención en la represión que se indican, y su supuesta participación en aquella está “señalada” en tercera persona por fuentes orales contrastadas.

4. En su ámbito, los historiadores valoran cuáles son las causas que explican los hechos históricos y proponen su interpretación, y aunque tales explicaciones e interpretaciones sean en ocasiones incompatibles con otras visiones, no corresponde a un Tribunal de Justicia decidir, por acción u omisión, cual o cuales deban imponerse de entre las posibles. Son los propios ciudadanos quien, a la luz del debate historiográfico y cultural, los que conforman su propia visión de lo acaecido, que puede variar en el futuro. En caso contrario, se impondría la censura previa o la autocensura en la producción científica, algo inconcebible en el marco de una sociedad democrática y abierta; sobre todo cuando se trata de relatar unos hechos históricos relevantes del pasado reciente que precisan una saludable investigación y esclarecimiento, para reforzar justo la defensa del pluralismo político y el diálogo, representado por las víctimas de la represión frente al totalitarismo y el fundamentalismo que impusieron los vencedores; estos, para legitimar un régimen surgido de un golpe militar, inculcaron además una versión oficial de los acontecimientos, frente a la cual -de producirse una condena del historiador- nos encontraríamos que no se permitiría contraponer otras perspectivas diferentes.

Por todo esto nos solidarizamos con el investigador Dionisio Pereira y demandamos el sobreseimiento de su causa.